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Hasta el 27 de diciembre de 2006, cuando el Departamento Logístico del Ejército Brasilero publicó la Norma 20, permitiendo la adquisición de equipos No-letales por las empresas de seguridad privada y servicios orgánicos de seguridad, las empresas privadas estaban prohibidas de adquirir este tipo de producto.

Después e la Norma, ellas pasaron a tener este derecho, desde que sigan las exigencias del Departamento de Policía Federal, órgano que controla el sector. La principal exigencia del DPF es el entrenamiento de los vigilantes en la correcta utilización de las armas y municiones no-letales.

Los siguientes son los principales beneficios de la adopción de armas no-letales por parte de la seguridad privada:

Le confiere a los vigilantes una alternativa para tratar la mayoría de las situaciones de conflicto, sin colocar en riesgo su integridad física y la vida de personas inocentes eventualmente presentes en el teatro de las operaciones. Además, tal alternativa evita procesos por uso excesivo de la fuerza.

Le confiere a las empresas la posibilidad de  diferenciarse en su actuación, destacando-se por la utilización de modernos instrumentos de seguridad.

La sociedad se siente más segura, ya  que las armas no-letales representan una alternativa segura para la defensa del patrimonio de terceros con eficiencia y respeto a los derechos humanos, principalmente en situaciones como condominios residenciales, shoppings centers, agencias bancarias y otros lugares cerrados.
 
 
     
 
 
 
 
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